Servicios de Protección Social de Interés Público
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Historia SBT

“Los grupos humanos que ejercen labor de beneficencia han sido desde la antigüedad vehículos de expresión de la solidaridad humana y de ayuda al prójimo”

  • En 1819 el Virrey Pezuela crea la primera Junta de la Real Beneficencia de Lima.
  • En 1825, consumada la independencia del Perú, se crea la Dirección General de Beneficencia de Lima y se la dota de rentas.
  • El 2 de Diciembre de 1831, se crea el Cementerio General de Miraflores. Este camposanto fue creado dando fin a la vieja costumbre colonial de enterrar a los muertos en los conventos, atrios y capillas de las iglesias. Fue una obra en la que intervino el ayuntamiento de Trujillo.
  • El 17 de junio de 1834, el presidente Gran Mariscal don Luis José de Orbegoso, el único presidente trujillano que ha tenido el Perú, expide la primera Ley Orgánica de Beneficencia Pública, estableciéndose la Beneficencia Pública de Lima.
  • El 17 de Setiembre de 1836, mediante Decreto expedido por el Protector de la Confederación Peruano Boliviana, Mariscal Andrés de Santa Cruz, se dispone, ampliando la ley 1834 que en estas instituciones sociales se implanten en las capitales de Departamento.
  • El 19 de octubre de 1847, a solicitud de la prefectura de la Libertad, se expide un Decreto Supremo mediante el cual se establecen Juntas de Beneficencia en las capitales de la provincia.

El 1° DE NOVIEMBRE DE 1847 SE INSTALA LA PRIMERA JUNTA DE BENEFICENCIA DE TRUJILLO

Presidida por don Alfonso Gonzales Sáenz de Tejada e integrada por el S. Don José María Arrunátegui, don Manuel Arbaiza, el Dr. Norberto de Vega y don Miguel Cabero y Cabero. El acto se realizó en el local de la Prefectura.

  • El 16 de noviembre de 1847, los miembros de la Junta de Beneficencia de Trujillo, realizaron su primera sesión de trabajo en la casa de su presidente, don Alfonso González Sáenz de Tejada, por no tener local Institucional aún.
  • En 1847 el joven Cementerio General de Miraflores pasó al poder de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo, con el objetivo de brindar un mejor servicio y Establecer un orden y registro de los restos óseos de las tumbas y existentes.
  • El 02 de noviembre de 1889, mediante Ley expedida por el Gobierno de A. Cáceres, se encarga a las Beneficencias la administración de los bienes de las cofradías; archicofradías y congregaciones de este género. La Beneficencia de Trujillo asume entonces los bienes de varias cofradías existentes en la entonces provincia de Trujillo.
  • El 02 de octubre de 1893, durante el gobierno de Remigio Morales Bermúdez, se emite una Ley que define una nueva estructura de las Beneficencias y las caracteriza como públicas o particulares, la de Trujillo se ubica entre las primeras.
  • El 19 de junio de 1893, fallece don Modesto Blanco, dejando la administración de la Institución Educativa en manos de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo; para que ésta continuara con la obra emprendida en su gestión.
  • El 16 de setiembre de 1937, el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo, acordó por unanimidad y como muestra de gratitud a los benefactores cambiar el nombre por “Hermanos Blanco” y celebrar su aniversario el 19 de junio de todos los años siguientes.
  • En 1917 se funda el Centro Asistencial de Menores, “JOSEFINA PINILLOS DE LARCO”, Y CASA DEL NIÑO TRUJILLANO, esta institución que se fundó a fines de 1917 por un grupo de damas, quienes denominaron esta obra social como la “La gota de leche”, cuyo principal objetivo fue brindar servicio en educación a niños y niñas de 1 a 5 años de edad que proceden de hogares desintegrados, de bajos recursos económicos y extrema pobreza. Este centro se encuentra ubicado en el Jr. Alfonso Ugarte N° 554 e intersección con el Jr. Pizarro, funcionando en dos grandes casonas continuas, legadas por el filántropo FAUSTINO MODESTO BLANCO, en el año de 1893.
  • El 07 de noviembre de 1935, durante el gobierno de Benavides, se emite la Ley 8128 que reorganiza la estructura y funciones de las Sociedades de Beneficencias Públicas.
  • 1970 Terremoto en Trujillo, fue el sismo más destructivo de la historia del Perú, no solo por la magnitud sino también por la cantidad de pérdidas humanas que afectó la región ancashina y varias provincias de los departamentos de Huánuco, el norte de Lima y La Libertad, dañando una extensa área de aproximadamente 450 km de longitud y 200 km de ancho de la costa y sierra peruana.
  • Entre 1982 y 1988 Se reconstruye la cuna maternal Josefina Pinillos de Larco, destruida por el terremoto de 1970. Se construye el albergue del niño Trujillo “Eulogia Martinez de Cordova”, actualmente conocida como Casa del niño Trujillano.
    Se reconstruye la parte antigua y se construye la parte moderna del Colegio educativo Hermanos Blanco ubicado en Jr. Ayacucho y Diego de Almagro.
    Se implementa el sistema de riego permanente en el Cementerio General de Miraflores.
    Se fortalece el servicio de imprenta brindado oportunidad laboral mediante la impresión semanal de la “Loteria de Trujillo” con un mercado cautivo nacional al 32.5%
    Se fortalece la unidad de servicios funerarios contando con dos almacenes con stock de ataúdes de primera categoría incluyendo los servicios propios de sepelio, con un nivel competitivo destacado en la ciudad de Trujillo.
  • El 28 de Octubre de 1985, en los comienzos del gobierno de Alan García, se emite el Decreto Legislativo N° 356, que regula la organización, funciones, labores y recursos de las Sociedades de Beneficencias; una Ley que recoge casi la totalidad del espíritu de la precedente Ley N° 8128.
  • En 1985 la Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo pasa a la jurisdicción del Ministerio de Salud, quien designaba al Presidente del Directorio, y este a su vez a los miembros del Directorio y a los 33 socios que conformaban la Asamblea General de Socios; funcionando la Beneficencia Pública de Trujillo, en base a un Directorio integrado por 09 miembros, 04 Comités Ejecutivos (Administración y Finanzas, Ramo de Loterías, Cementerio, Asistencia Social y una Asamblea General de 33 socios.
  • El 16 de Noviembre de 1989, mediante el Decreto Supremo N° 029-89-SA, se aprueba el Reglamento Orgánico de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social para la aplicación del Decreto Legislativo N° 356.
  • El 12 de Octubre de 1990, en el primer mandato del Presidente Alberto Fujimori Fujimori, se emite el Decreto Supremo N° 019-90-SA, que dispone dejar en suspenso el Reglamento.
  • Orgánico de las Sociedades de Beneficencia aprobado por D: S N° 029-89-SA, y autoriza al Ministro de Salud designar a los Presidentes de los Directorios de estas Sociedades, en base a las ternas que propongan los respectivos Gobiernos Regionales.
  • El 14 de Noviembre de 1990, mediante el Decreto Supremo N° 029-90-SA, se modifica el Art. 2° del D.S. N° 019-90-SA, estableciéndose que todos los Directores de las Sociedades Juntas de Participación Social serán designados por el Ministro de Salud fijando en nueve el total de ellos.
  • 1992 La Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo funda el comedor “San Martin de Porres”, convenio suscrito con el fondo de obras sociales y de promoción humana de la arquidiócesis de Trujillo y su reapertura fue en noviembre del 2007. El Comedor Social.
  • San Martín de Porres es una institución de proyección social en bien de la comunidad de escasos recursos económicos.
  • En 1995, se apertura el Jardín de Educación Inicial N° 1678, distribuido en 10 Aulas brindando estimulación temprana y aprestamiento escolar.
  • El 12 de abril de 1995, se emite el Decreto Supremo N° 01-95-SA disponiendo la reducción del número de miembros de los Directorios de las Sociedades de Beneficencias, los que adelante serán cinco miembros.
  • El 07 de Abril de 1997, mediante Resolución Suprema N° 029-97-PROMUDEH, se precisan los alcances de la transferencia de las Beneficencias al Instituto Nacional de Bienestar (INABIF), aclarándose que las funciones asignadas a la Comisión reorganizadora de las Beneficencias, son las de encargarse de la transferencia al INABIF de los recursos presupuestales, financieros y acervo documentario que posea el Ministerio de Salud y que correspondan a las Beneficencias del país.
  • El 15 de Mayo de 1997, mediante Decreto N° 002-97-PROMUDEH, se aprueba normas para la designación de miembros del Directorio, designando a) Dos representantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, uno de los cuales lo presidirá; b) Un representante del Ministerio de Salud; c) Un representante del Ministerio de Educación y d) Un representante el Ministerio de la Presidencia.
  • El 24 de Marzo del 2003, mediante Decreto Supremo N° 004-2003-MIMDES se modifica el artículo 1° del D.S. N° 002-97 PROMUDEH estableciéndose que los Directores estarán integrados por cinco miembros, designando a) Dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MINDES) uno de los cuales lo presidirá; b) Un representante del Ministerio de Salud; c) Un representante del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento y d) Un representante del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento y d) Un representante del Ministerio de Educación.
  • Mediante Ley N° 29477, Ley que inicia el Proceso de Consolidación del Espectro Normativo Peruano, se excluyó del derecho vigente el decreto Legislativo N° 356, que regulaba la organización, funciones, labores y recursos humanos de las Sociedades de Beneficencia.
  • EL 10 de Junio del 2010, mediante Decreto Supremo N° 004-2010 – MINDES se dictan medidas básicas para el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social en beneficio de los grupos más vulnerables de la población que se encuentran en situación de riesgo y/o abandono, en tanto se apruebe el nuevo marco jurídico que las regule en cuanto a su organización y funciones; dispone en su artículo 5° que los representantes de las Direcciones Regionales de Educación y Salud sean designados por el Gobierno Regional en el que se circunscribe la Sociedad de Beneficencia Pública o Junta de Participación Social.
  • 2017, el año en que siete huaicos asolaron Trujillo, dejando un total de 201.366 personas afectadas y 3.875 viviendas colapsadas en toda la provincia.
  • 2018, El Decreto Legislativo N° 1411 modifica la denominación de Sociedad de Beneficencia Pública a Sociedad de Beneficencia.
  • Las Beneficencias Públicas se convierten de acuerdo a este dispositivo legal a empresas privadas, cuyos principales características son: Régimen Laboral: el personal nombrado se mantiene bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 y el personal nuevo a contratar será bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728.
    Artículo 14.2 del Decreto Legislativo N° 1411: Las Sociedades de Beneficencia destinan como máximo un 30% de sus recursos para gastos administrativos, dependiendo de la clasificación aprobada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, correspondiendo el saldo a la implementación de actividades comerciales y actividades de protección social.
  • 2019, Remodelación de la CUNA MATERNAL “JOSEFINA PINILLOS DE LARCO” CASA DEL NIÑO TRUJILLANO “EULOGIA MARTINEZ CORDOVA”, JARDÍN DE NIÑOS N° 1678 “JOSEFINA PINILLOS DE LARCO”
  • 2019, Se Implementa El centro de rehabilitación para niños con discapacidad y adulto mayor.
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